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Oportunidades de Trabajo

CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL

1. INTRODUCCION

Este Código de Ética y Conducta Empresarial "Código" debe ser cumplido por todos los "Afectados" que son los Directores,funcionarios de Bancard y de sus sociedades controladas "Afiliadas", y prestadores de servicios profesionales (tales como asesores jurídico, laboral, impositivo y síndico) y proveedores de bienes y servicios en general. El Código brinda una descripción general de algunas de las políticas clave de Bancard que deben ser observadas adicionalmente a las demás políticas corporativas existentes. Bancard espera que todos los Afectados actúen conforme a los más altos estándares de integridad personal y profesional en todos los aspectos de sus actividades y que cumplan con todas las leyes, las regulaciones y las políticas de Bancard. Nunca se debe comprometer esa integridad, ya sea en beneficio personal o por juicio del involucrado, en beneficio de Bancard. Al aceptar un cargo o función en Bancard, el Afectado es responsable de su propio comportamiento, incluyendo el cumplimiento de las leyes, de este Código y de las respectivas políticas corporativas. Este Código pretende cubrir la mayor parte de las cuestiones que puedan surgir y establece principios básicos para guiar la forma en que se lleva a cabo el negocio. Todos los Afectados deben comportarse en consecuencia y tratar de evitar incluso la apariencia de una conducta impropia.

Si una ley entra en conflicto con una política de este Código, la ley es soberana y esto puede determinar una revisión del Código. Sin embargo, si una costumbre local o una política está en conflicto con este Código, obligatoriamente deberá cumplirse con lo que establece el Código. Si existiera alguna pregunta acerca de cualquier conflicto, deberá consultar cómo manejar la situación a su supervisor inmediato. En caso de que este último no tenga la solución, el mismo deberá referirla a la autoridad de nivel inmediatamente superior.

El incumplimiento o violación de las normas del presente Código por parte de cualquier Afectado será objeto de medidas disciplinarias, incluyendo la terminación de la relación laboral o de cualquier otro tipo de relación con Bancard, si así correspondiente conforme al contrato vigente y a las leyes. Si una persona se encuentra en una situación que puede llevar a incumplir, violar o conducir a una violación de este Código, la misma debe seguir las pautas descritas en la sección 6 del presente Código.

El Gerente de Administración y Recursos Humanos, el Asesor Legal y un Gerente designado por el Gerente General conforman el Comité de Ética, constituido con el objetivo de interpretar, efectuar recomendaciones y velar que se aplique el presente Código. Las decisiones del Comité serán válidas con la opinión similar de al menos dos de sus miembros. De existir algún conflicto de intereses de uno de los miembros del Comité, su responsabilidad será ocupada temporalmente por el Gerente General.

El Gerente designado por el Gerente General formará parte del Comité de Ética por un período de dos años, o hasta que el Gerente General designe un reemplazante.

Sus reuniones serán documentadas en Actas y remitidas al Presidente del Directorio.

2. VIGENCIA

El presente Código ha sido aprobado por el Directorio de Bancard S.A. y entrará en vigor a partir del mes de enero de 2010.

La responsabilidad general por la capacitación, implementación, el control y el mantenimiento del presente Código corresponde a la Gerencia de Administración y Recursos Humanos de Bancard.

3. MODIFICACIONES

Toda modificación o enmienda que afecte el sentido, aplicación y funcionamiento del presente Código deberá ser aprobada por el Directorio

4. VALORES ETICOS

El cumplimiento de los más altos estándares de ética es un elemento de suma importancia dentro de sus responsabilidades. Bancard promueve a los Afectados a que planteen sus inquietudes o preguntas acerca de potenciales cuestiones éticas, discriminatorias o de acoso, así como a reportar la sospecha de violaciones a leyes, regulaciones y políticas aplicables. La identificación y resolución temprana de estas cuestiones es sumamente importante para los Afectados.

Los valores éticos y principios básicos de actuación que deben constituir la guía de conducta ética empresarial de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este Código son:

  • Integridad: Mantener un comportamiento intachable, necesariamente alineado con la rectitud y la honestidad. Debe promoverse una rigurosa coherencia entre las prácticas corporativas y los valores de la empresa;
  • Transparencia: Difundir información adecuada y fiel de la gestión, con equidad de condiciones y trato para los clientes de la empresa, manteniendo una información veraz y evidenciable, con comunicación clara, tanto interna como externa;
  • Responsabilidad: Asumir responsabilidades y actuar conforme a ellas, comprometiendo todas las capacidades para cumplir el objetivo;
  • Ambiente de Trabajo y Seguridad: Brindar condiciones de trabajo óptimas en cuanto a ambiente, instalacion, salubridad y un alto nivel de seguridad en los procesos, instalaciones y servicios, prestando especial atención a la protección de los Afectados, proveedores, clientes y entorno local.

Pueden surgir situaciones en las que el curso de acción no sea claro por lo cual el Afectado debe considerar algunas preguntas antes de actuar, utilizando su criterio y sentido común. Si algo le parece no ético o incorrecto, es posible que lo sea. Si tiene alguna pregunta acerca de cuál es el curso de acción más apropiado en una determinada situación o si tiene una sospecha razonable o tiene conocimiento de una posible violación de una ley, regulación o estándar de ética de Bancard, deberá reportar inmediatamente a su supervisor inmediato. En caso de que este último no tenga la solución, el mismo deberá referirla a la autoridad de nivel inmediatamente superior.

En caso que la denuncia involucre a algún miembro del Comité de Ética, el Afectado deberá escalar al nivel inmediatamente superior. Si a su juicio, el caso puede involucrar a dos o más niveles superiores, el Afectado deberá reportar escalonadamente a uno de los siguientes niveles:

  • Gerente General,
  • Presidente del Directorio de Bancard,
  • Auditor Interno, o
  • Síndico.

Las personas que reciban una denuncia de cualquier Afectado después del juzgamiento de los fundamentos de la misma, deberá reportar la misma al Comité de Ética o a la Gerencia General, según sea el caso.

Todos los contactos e investigaciones serán tratados de manera confidencial, de acuerdo con la necesidad de investigar y tratar el problema, observándose las leyes y las regulaciones aplicables. Bancard alienta a que se comunique con toda franqueza cualquier situación que conduzca al incumplimiento de este Código.

Bancard no permite represalias contra cualquier persona que, de buena fe, plantee inquietudes o preguntas acerca de cuestiones éticas, discriminatorias, de acoso o que reporte posibles violaciones del Código, de otras leyes, regulaciones o políticas aplicables. Si se plantea un problema de ética y el denunciante no recibe información sobre la evolución de la denuncia en un plazo máximo de 48 horas, el mismo deberá contactar al superior que ha recibido la denuncia. En caso que no esté satisfecho con la respuesta, el denunciante podrá escalarla a un nivel superior a la persona que originalmente ha recibido la denuncia.

Bancard espera que los Afectados reporten en forma inmediata todo supuesto fraude o intento de fraude y cualquier desaparición misteriosa de fondos o valores a cualquiera de las personas mencionadas anteriormente.

5. CODIGO DE CONDUCTA

Los Valores Éticos anteriormente definidos, constituyen la referencia que ha de inspirar la conducta básica de todos los Afectados para cumplir las obligaciones del Afectado con los principios de lealtad a la Empresa, la buena fe, la integridad y el respeto a la legalidad y a los criterios éticos, y permiten definir una serie de conductas que deben ser observadas por todos los Afectados en su desempeño profesional.

Este Código no pretende abarcar todas las situaciones posibles que puedan surgir en el ámbito profesional, sino establecer las pautas mínimas de conducta que deben orientar a todos los Afectados en su forma de actuar durante el desarrollo de su actividad profesional. Las conductas descriptas en el presente Código son de cumplimiento obligatorio para todos los Afectados.

En el ejercicio del cargo o función el Afectado debe:

a) Buscar el mejor resultado para la Sociedad, manteniendo siempre una actitud transparente, de respeto y colaboración con quienes interactua.

b) Desempeñar las funciones con espíritu emprendedor, superando desafíos y orientándose a proteger los intereses de la Sociedad.

Desarrollar las tareas según los objetivos de la Sociedad, sin usar el cargo, función, actividad, bienes, posición o influencia para obtener beneficios personales o para terceros.

d) Realizar el trabajo sin crear situaciones ficticias que induzcan a sobrevalorar el actuar profesional.

e) Ejercer las atribuciones con efectividad, eliminando situaciones que conduzcan a errores o atrasos en la prestación del servicio.

f) Respetar el trabajo desarrollado por otro Afectado, siendo propiedad de la Sociedad toda información, idea, conocimiento, resultante del trabajo en ésta.

g) Mantener la confidencialidad de toda la información a la que accede en las tareas, de acuerdo a las políticas y procedimientos de seguridad de la información de la Sociedad.

h) Asegurar el uso eficiente de los bienes e información y procurar que los registros e informes sean confiables y precisos, de acuerdo a los fines legítimos de la Sociedad, sin alterar ni falsear el contenido de un documento, información o dato.

i) Preservar el patrimonio de la Sociedad, representado en términos de equipamiento, material, información tecnológica y estratégica, y facilidades operacionales.

j) Promoveer acciones que permitan mejorar la comunicación interna, entendiéndola como una herramienta de gestión.

k) Poner énfasis en la integración y el desarrollo del trabajo en equipo.

RESPONSABILIDAD PARA CON LOS CLIENTES

5.1. Información reservada y confidencial

Bancard entiende que la información es uno de los principales activos y la considera imprescindible para la gestión de las actividades. Por este motivo, ha desarrollado una política de seguridad de la información cuyo objetivo es preservar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la misma y de esta manera, reducir el riesgo derivado de su divulgación y uso inapropiado.

Toda la información procesada, administrada y custodiada por Bancard será considerada como reservada y confidencial, sobretodo las informaciones individualizadas de sus clientes.

Las informaciones propias de la Sociedad pueden ser divulgadas cuando sean clasificadas de dominio público.

Debe protegerse toda la información confidencial que los clientes comparten con Bancard asegurándose que la información se utilice sólo con los fines para los cuales se recopiló o para cualquier otro fin permitido por la ley y que la información del cliente se comparta sólo con personas autorizadas.

Por tanto, todos los Afectados por este Código están obligados a guardar la más estricta confidencialidad sobre aquella información a la que accedan como consecuencia del desempeño de su actividad profesional. Asimismo, los Afectados no deberán hacer uso no autorizado de dicha información confidencial y evitarán beneficiarse personalmente de una oportunidad de lucro de la que tuvieran conocimiento durante el desempeño de sus tareas.

Revelar, difundir y/o usar información reservada y confidencial para uso particular constituye una falta de lealtad, lo que puede ocasionar que se inicie una acción civil o penal contra los Afectados que hayan incumplido con esta obligación.

Bancard reconoce y protege la privacidad y confidencialidad de los registros de los empleados, incluyendo la historia clínica. Dichos registros no deben compartirse ni analizarse fuera de Bancard, salvo que el empleado lo autorice o que así lo requieran las leyes o regulaciones aplicables; o que deba realizarse en virtud de una citación u orden judicial emitida por un tribunal de jurisdicción competente; o que así lo solicite un organismo judicial, administrativo o legislativo.

Deben tomarse medidas de precaución para evitar la divulgación no autorizada de información propia y confidencial. Por lo tanto, debe tomar las medidas necesarias para garantizar que los instrumentos y documentos relacionados con las operaciones del negocio, se produzcan, copien, envíen por fax, archiven, almacenen y eliminen por medios diseñados para minimizar el riesgo de que personas no autorizadas puedan tener acceso a la información propia o confidencial. Además, debe garantizar que el acceso a las áreas de trabajo y las computadoras esté debidamente controlado según los estándares sobre seguridad de la información de Bancard. No debe tratar temas delicados ni comentar información confidencial en lugares públicos, tales como elevadores, corredores, restaurantes, baños, medios de transporte público, internet o cualquier otro medio electrónico, y debe tener precaución al utilizar teléfonos celulares. Debe tener mucho cuidado cuando utilice dicha información en áreas abiertas dentro del lugar de trabajo, tales como cubículos, o cuando hable por teléfono con altavoz.

5.2. Compromiso de calidad total

Bancard asume, lidera e impulsa el compromiso con la calidad total facilitando los recursos necesarios para alcanzar la excelencia y estableciendo las medidas apropiadas para asegurar que la política de calidad sea practicada por todos los funcionarios de acuerdo con estos principios.

Los Afectados de Bancard deberán actuar de una forma íntegra con los clientes de la Empresa, teniendo como objetivos la consecución de los más altos niveles de calidad, la excelencia en la prestación del servicio y el desarrollo a largo plazo de unas relaciones basadas en la confianza y respeto mutuo.

5.3. Trato justo

Bancard se compromete a tratar a clientes y Afectados de una manera justa. Nadie puede aprovecharse de manera injusta de ninguna persona a través de la manipulación, el encubrimiento, el abuso en el uso de información confidencial, la tergiversación de hechos materiales u otras operaciones o prácticas desleales.

RESPONSABILIDAD PARA CON LOS PARES

5.4. Derechos humanos y libertades públicas

Bancard está comprometida con el respeto a los derechos humanos y la colaboración con el desarrollo y el bienestar de las comunidades con las que se relaciona. Estas acciones definen su responsabilidad con la sociedad.

Bancard se compromete a respetar y proteger los derechos humanos y libertades públicas reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los principales acuerdos internacionales al respecto, asegurando que los principios recogidos en dichos acuerdos estén presentes en todas sus políticas. Este compromiso tiene como objetivo principal el respeto a la dignidad humana.

En consecuencia, todos los Afectados deberán secundar este compromiso, desempeñando sus actividades profesionales con total respeto y garantía de los derechos humanos así como las libertades públicas.

5.5. Igualdad de oportunidades

Bancard entiende que el crecimiento profesional de cada funcionario está íntimamente ligado al desarrollo integral de la persona. Por este motivo promueve la formación del personal fomentando un ambiente en el que la igualdad de oportunidades laborales llegue a todos y cada uno de sus miembros y asegurando la no discriminación de las personas por ninguna razón o circunstancia.

La promoción individual de los Afectados se fundará en el mérito, la capacidad y el desempeño de las funciones profesionales

5.6. Discriminación,acoso o intimidación.

Bancard promueve un ambiente de trabajo que acepta la diversidad y que respeta y valora las diferencias.

No se permite la discriminación, el acoso o la intimidación, que sea ilegal o que de cualquier otro modo viole las políticas adoptadas, ya sea por parte de un superior, un compañero de trabajo, un cliente, un proveedor o un visitante o en contra de cualquiera de éstos.

La discriminación, el acoso y la intimidación, ya sea por raza, sexo, credo, religión, origen nacional, nacionalidad, ciudadanía, edad, discapacidad, estado civil, orientación sexual, cultura, ascendencia, condición de veterano de guerra, condición socioeconómica u otra característica personal protegida por ley y por las reglas de conducta social generalmente aceptadas, son incompatibles y totalmente contradictorios con la tradición de ofrecer un lugar de trabajo respetuoso, profesional y digno. Si considera que está siendo víctima de discriminación, acoso o intimidación o si observa o recibe una queja con respecto a dicha conducta, debe informarlo inmediatamente considerando los lineamientos de la Sección 6.

Bancard investigará sin demoras todas las acusaciones sobre acoso o discriminación y tomará las acciones correctivas pertinentes hasta donde lo permitan las leyes locales.

No se permiten represalias en contra de aquellas personas que, de buena fe, presenten quejas por acoso o discriminación. Bancard no permite el uso de sus sistemas, incluyendo los servicios de correo electrónico y/o servicios de red Intranet o Internet, de cualquier modo que pudiera ser vergonzoso o en detrimento para la reputación o el interés de Bancard o para crear un ambiente de trabajo hostil, ofensivo o discriminatorio en términos de raza, sexo, credo, religión, origen nacional, nacionalidad, ciudadanía, edad, discapacidad, estado civil, orientación sexual, cultura, ascendencia, condición de veterano de guerra, condición socioeconómica u otra característica personal protegida por ley o contra las reglas de conducta social generalmente aceptadas.

Esto incluye el envío o intercambio de comunicaciones, bromas, fotos, animaciones, videos u otras historias, incluyendo aquellas que sean, degradantes, ofensivas o cuyo contenido pueda interpretarse como discriminación, acoso o intimidación para cualquier persona o grupo. Si recibe un mensaje de correo electrónico inapropiado por parte de otro empleado, debe informarlo inmediatamente considerando los lineamientos de la Sección 6, tal como debería hacerlo con respecto a cualquier otra violación de política que observe.

Si recibe un mensaje de correo electrónico inapropiado por parte de una fuente externa, debe informarlo, imprimiendo antes una copia, luego borrarlo, solicitando al remitente que no le reenvíe mensajes de correo electrónico similares en el futuro. No reenvíe ningún mensaje de correo electrónico inapropiado a ningún empleado. No deberá reenviar ningún mensaje de correo electrónico inapropiado a ninguna dirección externa, incluso si lo hace sólo a la computadora personal de su domicilio particular.

Nunca debe utilizarse los sistemas de Bancard para iniciar, descargar, transmitir ni enviar imágenes o textos electrónicos de naturaleza sexual o que contengan comentarios racistas, epítetos racistas o cualquier otro material de naturaleza ofensiva, obscena o cuyo contenido pueda interpretarse como acoso.

5.7. Seguridad en el lugar de trabajo.

La seguridad y protección de las personas en el lugar de trabajo es un aspecto muy importante para Bancard. Cada Afectado debe cumplir con todas las políticas de higiene y seguridad vigentes.

5.8. Lugar de trabajo libre de drogas.

Bancard debe mantener un ambiente de trabajo saludable y productivo. Se prohíbe el uso indebido de sustancias controladas o la promoción, venta, fabricación, distribución, tenencia o uso de drogas ilegales, al igual que el hecho de encontrarse bajo los efectos de dichas drogas, en el lugar de trabajo o mientras realiza tareas relacionadas con su empleo.

5.9. Protección de datos personales.

Bancard impulsa la aplicación de las nuevas tecnologías siendo consciente de los efectos derivados de una inadecuada utilización de las mismas. Es por este motivo, que pone especial cuidado en asegurar el derecho a la privacidad, protegiendo los datos personales confiados por sus clientes, proveedores, funcionarios, instituciones y público en general. Los Afectados no revelarán datos de carácter personal obtenidos de clientes, proveedores, funcionarios, administraciones públicas y público en general para que, de acuerdo con las leyes aplicables y reglamento interno de Bancard, se asegure la privacidad y la confianza depositada en la Sociedad.

RESPONSABILIDAD PARA CON LA EMPRESA

5.10. Uso y protección de los activos.

Bancard pone a disposición de sus Afectados los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional, y se compromete a facilitar los medios necesarios para la protección y salvaguarda de los mismos.

Es responsabilidad de los Afectados proteger los activos tangibles e intangibles de Bancard, de sus clientes y proveedores, que se encuentren a su cargo. Los activos de Bancard pueden utilizarse sólo con fines de negocio. Los activos incluyen dinero en efectivo, valores, planes de negocio, información del cliente, de los empleados, y de los proveedores, así como la propiedad intelectual (programas informáticos, modelos y otros elementos), bienes materiales y servicios.

Los Afectados deben dar a conocer y atribuir a Bancard la propiedad de inventos, mejoras, descubrimientos o trabajo de autoría que realice o que considere que surja o esté relacionado con su empleo o tareas con Bancard. Si la relación finalizare por cualquier motivo, todos los derechos sobre los bienes y la información generados u obtenidos como parte de su relación con Bancard serán propiedad exclusiva de Bancard. La malversación, descuido o derroche de estos activos constituye un incumplimiento de su obligación con la Empresa y puede considerarse un hecho irregular y punible.

El equipo y los servicios de Bancard, incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa a, computadoras, teléfonos, agendas electrónicas y otros dispositivos de comunicación electrónicos, el acceso a Internet y el correo electrónico, se proveen con fines comerciales y para permitirle realizar las tareas relacionadas con sus funciones y responsabilidades. No obstante, estas facilidades deber ser manejadas con la debida diligencia y de forma racional y efectiva, evitando su uso inapropiado en actividades no relacionadas a su trabajo. Por consiguiente, y hasta donde lo permitan las leyes y las regulaciones aplicables, Bancard puede monitorear el uso de su equipo y servicios en cualquier momento. Por lo tanto, no debe esperar tener privacidad personal al utilizar los equipos y servicios de la Empresa.

Los Afectados no pueden utilizar los equipos ni los servicios de la Empresa de ningún modo que pudiera ser perjudicial o vergonzoso para Bancard. Las comunicaciones personales a través de estos sistemas deben mantenerse limitadas al desarrollo de las actividades profesionales del Afectado. El uso de la Intranet/Internet debe realizarse cumpliendo con todas las leyes vigentes y con los términos de uso de cualquier sitio de terceros al que ingrese. Los servidores de Intranet/Internet de Bancard no pueden utilizarse para la descarga o el uso no autorizado de información protegida por derechos de autor o sin licencia, ni para ingresar a sitios que atenten contra la moral. Esto incluye la descarga de música, programas sin licencia, imágenes, videos o material impreso protegidos por derechos de autor.

Por lo arriba expuesto, el acceso a Internet está autorizado exclusivamente para la ejecución de tareas relacionadas a actividades profesionales y al desarrollo personal que apoyen a la formación profesional de los Afectados. No está permitido el uso de sistemas de comunicación para propósitos de entretenimiento y diversión.

5.11. Uso del nombre, instalaciones o relaciones de Bancard.

Los Afectados no deben usar el nombre, el logo o las marcas (incluso en los membretes corporativos o los sitios web personales), instalaciones o relaciones de Bancard para beneficio personal o para trabajos externos.

5.12. Conflicto de intereses.

Los Afectados deberán evitar situaciones que pudieran dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de la Empresa, se abstendrán de, representar a la Sociedad e intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que, directa o indirectamente, él mismo o un pariente cercano, tuviera interés personal.

Deberán actuar siempre, en el cumplimiento de sus responsabilidades, con lealtad y en defensa de los intereses de Bancard. Asimismo, los funcionarios no podrán realizar tareas, trabajos o prestar servicios en beneficio de empresas del sector o que desarrollen actividades susceptibles de competir directa o indirectamente o puedan llegar a hacerlo con las de Bancard.

Los Afectados que pudieran verse involucrados en un conflicto de intereses, lo comunicarán a su supervisor a su cargo, previamente a la realización de la operación o conclusión del negocio de que se trate, con el fin de adoptar las decisiones oportunas en cada circunstancia concreta y así, evitar que su actuación imparcial pueda verse comprometida.

Los Afectados no deben hacer ninguna inversión personal en una empresa si la inversión pudiera deteriorar su capacidad de tomar decisiones comerciales objetivas para Bancard. En caso de haber realizado dicha inversión antes de formar parte de Bancard, o si su puesto en Bancard cambia de manera tal que pudiera generar un conflicto de intereses o una situación que aparentara ser un conflicto de intereses, debe reportar inmediatamente al respecto a su supervisor a su cargo. Las inversiones en una empresa que pudieran deteriorar su capacidad de tomar decisiones comerciales objetivas para Bancard incluyen las inversiones realizadas en una empresa que cotice o no en bolsa y que sea proveedora o competidora de Bancard o que opere o realice operaciones con Bancard de cualquier otro modo.

Esta disposición no se aplicará a las inversiones personales que tengan una relación comercial únicamente como cliente de productos de Bancard disponibles para clientes en situaciones similares sobre la misma base, ni a las inversiones inferiores al 1% de las acciones en circulación de una empresa que cotiza en bolsa.

De ser necesario, el Comité de Ética podrá definir si la situación planteada constituye un conflicto de intereses.

5.13. Escalamiento de asuntos comerciales.

La utilización del criterio y el sentido común de manera apropiada en todas las acciones y la consideración de todos los aspectos del posible impacto que pudieran tener las operaciones en las que participamos son elementos clave para Bancard y para su reputación institucional. Es responsabilidad de los Afectados escalar cualquier problema en su ámbito que pudiera presentar un riesgo empresarial o reputacional con su supervisor a su cargo.

5.14. Investigaciones.

Los Afectados deben cooperar completamente con todas las investigaciones internas o externas debidamente autorizadas, incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa, aquéllas que se refieran a cuestiones éticas o a quejas por discriminación, acoso o intimidación. Nunca debe retenerse, alterarse ni omitirse información relevante. Las declaraciones falsas o engañosas de cualquier otro tipo formuladas a los auditores, asesores legales, entes reguladores, ya sean internos o externos, pueden ser motivo suficiente para la terminación inmediata de la relación laboral u otra relación con Bancard, y también pueden ser consideradas como un delito y provocar la aplicación de sanciones severas.

5.15. Transparencia de la información.

Bancard considera la transparencia en la información como un principio básico que debe regir la relación con sus accionistas, garantizando que la información que comunique a éstos, y al público en general sea veraz y completa, refleje adecuadamente su situación financiera, así como el resultado de sus operaciones y sea comunicada cumpliendo los plazos de buen gobierno que la sociedad tenga asumidos.

Este principio de transparencia y veracidad de la información será también de aplicación en la comunicación interna.

Los Afectados se comprometen a comunicar la información tanto interna como externa de forma veraz. En ningún caso, entregarán información incorrecta o inexacta, o que pudiera confundir al que la recibe.

Los registros, la información y los datos recopilados, utilizados y administrados por Bancard o que éste posea deben ser exactos y completos. Es responsabilidad de los Afectados mantener la integridad de la información, los reportes y los registros a su cargo. Deben llevarse registros de manera muy detallada, para reflejar de manera exacta todas las operaciones de Bancard. Esto incluye los controles financieros internos y contables.

Los estados contables deben prepararse siempre conforme a los principios contables generalmente aceptados y deben reflejar de manera exacta, y en todo aspecto sustancial, la situación y los resultados financieros de Bancard que se compromete, además, a mantener la exactitud en los registros relativos a impuestos, y declarar sus impuestos de acuerdo con la intención general y la letra de las leyes aplicables.

Antes de publicar o anunciar cualquier información por escrito o en formato electrónico (incluyendo podcasts, webcasts, blogs, anuncios en un sitio web, fotografías, videos u otros medios), dar un discurso, otorgar una entrevista o hacer apariciones públicas que mencionen a Bancard, sus operaciones, clientes o empleados, debe obtener la autorización de su supervisor a su cargo.

5.16. Cumplimiento con Leyes para Prevenir el Lavado de Dinero (PLD).

El lavado de dinero es un problema de proporciones mundiales con posibles consecuencias devastadoras. El lavado de dinero es el proceso por el cual se transforman los ingresos ilegales de modo tal que los fondos aparenten ser legítimos. Esto no se limita a operaciones en efectivo.

Se han establecido lineamientos para evitar que Bancard sea utilizado para lavar ingresos provenientes de actividades ilícitas.

Ninguna relación con clientes merece arriesgar el compromiso de combatir el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo u otros delitos.

Deben cumplirse las leyes y regulaciones diseñadas para garantizar saber que los clientes están utilizando sus productos y servicios con fines legítimos. A partir del 11 de septiembre de 2001, organismos gubernamentales de los Estados Unidos divulgan listas actualizadas de personas y entidades que pueden estar vinculadas con el lavado de dinero y/o el financiamiento al terrorismo. Además, existen listas emitidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos que contienen información de lavadores de dinero, terroristas u organizaciones terroristas. Bancard se compromete a cooperar con estos esfuerzos hasta el máximo grado permitido por ley.

5.17. Relaciones con los socios.

Bancard establecerá con sus socios en negocios comunes, una relación de colaboración basada en la confianza, la transparencia en la información y la puesta en común de conocimientos, experiencias y capacidades, para alcanzar objetivos comunes y beneficio mutuo y a ello deben comprometerse sus Afectados, quienes aplicarán los mismos principios éticos, de respeto, ambiente favorable y trabajo en equipo, como si se tratara de funcionarios internos.

5.18. Relaciones familiares en el trabajo.

Bancard pretende evitar cualquier riesgo que comprometa su objetividad y reputación profesional. La existencia de relaciones familiares en el entorno de trabajo puede aumentar este riesgo y poner en peligro la integridad del entorno laboral, interfiriendo en asuntos laborales, incluidas las evaluaciones de rendimiento, promociones, desarrollo profesional, asignaciones de trabajo, supervisión o cualquier aspecto general del trabajo. Así, no se permitirán nuevas contrataciones de personas que tengan algun funcionario con parentesco de 1er grado, relación matrimonial o de otra forma asociada. En caso de que funcionarios establezcan una relacion posterior a la contratación, éstos deberán reportar dicha situación al departamento de Recursos Humanos que evaluará si la situacion genera algun conflicto acorde a las reglas arriba mencionas, y se gestionará el cambio de uno de ellos para evitar dicho conflicto.

5.19. Relaciones con los proveedores y contratistas

Bancard se compromete a tratar a sus clientes, proveedores, competidores y Afectados de manera justa. Nadie puede aprovecharse de manera injusta de ninguna persona a través de la manipulación, el encubrimiento, el abuso en el uso de información confidencial, la tergiversación de hechos materiales u otras operaciones o prácticas desleales.

Los procesos de selección de proveedores y contratistas de Bancard se desarrollarán con imparcialidad y objetividad, para lo que sus Afectados deberán aplicar criterios de calidad y coste en dichos procesos, evitando la colisión de intereses personales con los de la Sociedad.

Los proveedores de productos y servicios deben cumplir con todas las leyes y políticas de Bancard que sean aplicables y acordar mantener la confidencialidad de toda relación con la Empresa, salvo que su divulgación haya sido aprobada por personal autorizado de Bancard Los conflictos de intereses reales o potenciales durante el proceso de adquisición deben revelarse de inmediato y evitarse.

5.20. Competencia leal y defensa de la competencia

Bancard se compromete a competir en los mercados de forma leal impulsando la libre competencia en beneficio de los consumidores y usuarios cumpliendo siempre las normas jurídicas en vigor. Los Afectados de Bancard no realizarán publicidad engañosa de la actividad de sus negocios y evitarán toda conducta que constituya o pueda constituir un abuso o restricción ilícita de la competencia.

5.21. Relación con gobiernos y autoridades Legalidad

Bancard manifiesta su neutralidad política y se compromete a cumplir fiel y respetuosamente con todas las obligaciones legales a las que está sujeta en cualquier país donde desarrolle su actividad. Los Afectados deberán cumplir estrictamente con las leyes, evitando cualquier conducta que aún sin violar la ley pueda perjudicar la reputación de la Sociedad ante la comunidad, el gobierno u otros organismos, y producir consecuencias adversas para sus negocios y/o para su imagen.

Ningún Afectado colaborará conscientemente con terceros en la violación de ley alguna, ni participará en actuaciones que comprometan el respeto al principio de legalidad. Deberán actuar con honradez e integridad en todos sus contactos o transacciones con las autoridades y funcionarios de los gobiernos y administraciones, asegurando que toda la información y certificaciones que presenten, así como las declaraciones que realicen sean veraces, claras y completas.

5.22. Regalos y actividades recreativas

Los Afectados no podrán aceptar ningún obsequio o compensación, agasajo u otro favor de cualquier persona o entidad siempre que por las características del mismo pueda desvirtuar o comprometer una relación comercial, profesional o administrativa. Del mismo modo, no podrán aceptar ni permitir que un familiar cercano acepte regalos, servicios, préstamos ni tratamiento preferencial por parte de ninguna persona, ya sean clientes, proveedores u otros, a cambio de una relación con Bancard pasada, presente o futura.

Asimismo, no podrán hacer directa o indirectamente obsequios, regalos o promesas a cualquier persona o entidad que mantenga o pueda mantener una relación comercial, profesional o administrativa con Bancard, que no se consideren propios del curso normal de los negocios y en todo caso siempre que estén permitidos por ley, por las propias normas y procedimientos del cliente o por los procedimientos internos de la Empresa.

Los Afectados que reciban regalos esporadicos y/o de fin de año, que no están restringidos por las normas arribas mencionadas, deberán ser reportados al superior inmediato siempre que el valor de cada uno de ellos superase los US$ 200. Regalos en efectivo no pueden aceptarse bajo ninguna circunstancia.

Los sorteos promocionales externos organizados por la Sociedad no incluyen la participación de sus Afectados. Otras excepciones podrán ser establecidas en el reglamento de cada sorteo.

Los Afectados no podrán beneficiarse con premios recibidos en sorteos promocionales organizados por empresas relacionadas con Bancard y cuya participación se origine en beneficios abonados por Bancard (seguros médicos, telefonía celular, etc.). En estos casos, Bancard donará el premio a una organización caritativa debidamente reconocida.

Si tiene alguna pregunta acerca de si resulta apropiado o no aceptar un regalo, invitación, número para una rifa u otro premio, debe analizarlo con su supervisor a su cargo antes de aceptarlo. En determinadas situaciones, puede ser pertinente aceptar un regalo y ponerlo en exhibición en Bancard o donar el artículo a una organización caritativa debidamente reconocida en nombre de Bancard

5.23. Acciones judiciales

Los Afectados deben notificar a su supervisor a su cargo en caso de haber sido objeto de arresto, citación, comparecencia ante el juez, arraigo, acusación o condena por cualquier delito penal, incluyendo cualquier participación en un programa de desviación previo al juicio o un programa similar debido a alguna actividad relacionada con Bancard.

Si se espera pagar las costas judiciales para defenderse en una acción civil o penal, juicio o procedimiento que surja de su servicio como Afectado, debe solicitar a la Empresa que le provea un asesor jurídico para que lo represente. Bancard pagará los honorarios y gastos del asesor jurídico externo contratado para que lo represente.

6. VULNERACIONES E INCUMPLIMIENTOS DE LA NORMA.

Los Valores Éticos recogidos en este Código, son la base sobre la que se sustentan los compromisos adquiridos por Bancard con sus accionistas, socios de negocios, clientes, proveedores, Afectados y la sociedad. Por este motivo, los Afectados y Bancard deberán informar al supervisor a su cargo de cualquier incumplimiento o vulneración de las conductas recogidas en este documento.

Bancard no admitirá ningún tipo de represalia sobre aquellos Afectados que comuniquen, de buena fe, presuntos incumplimientos y sancionará, con arreglo a las normas laborales vigentes, aquellos incumplimientos o vulneraciones que constituyan faltas laborales, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran concurrir.

7. CONCLUSIÓN.

Quienes trabajan en Bancard aspiran a alcanzar los más elevados estándares de conducta ética y profesional, trabajando a diario para ganar y mantener la confianza de sus clientes. A través de las decisiones que se toman y las acciones que se llevan a cabo diariamente, se afirma el compromiso con este Código de Conducta y de entregar valor a sus clientes, su gente, sus accionistas y su comunidad.

 


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